La Prensa.- Legisladores buscan una norma que logre consenso entre Gobierno e indígenas.
El proyecto de Ley Marco de Consulta que se encuentra en proceso de recopilación, determinará que sean los indígenas quienes decidan sobre sus territorios y otros intereses en consenso con el Gobierno, indicó el senador masista, Adolfo Mendoza, encargado de redactar la norma.
La construcción de la carretera Villa Tunari–San Ignacio de Moxos y la solicitud de la intangibilidad del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS), que dio origen a la Ley 222 de Consulta Previa levantó un debate sobre cómo debía consultarse a los pueblos indígenas.
En julio de 2011 indígenas del TIPNIS dieron a conocer su desacuerdo con la construcción de la carretera que atraviesa el centro del área protegida;
La construcción de la carretera Villa Tunari–San Ignacio de Moxos y la solicitud de la intangibilidad del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS), que dio origen a la Ley 222 de Consulta Previa levantó un debate sobre cómo debía consultarse a los pueblos indígenas.
En julio de 2011 indígenas del TIPNIS dieron a conocer su desacuerdo con la construcción de la carretera que atraviesa el centro del área protegida;
manifestación que fue ignorada por el Gobierno. En respuesta, los indígenas organizaron la VIII marcha hasta la sede de Gobierno en agosto de 2011, con la cual se consiguió la intangibilidad del parque a través del decreto 180, mismo que fue anulado con la Ley 222.
LA NORMA. El legislador oficialista indicó, “con la experiencia de la Ley 222 los legisladores del MAS determinamos que para el futuro próximo el Gobierno debe contar con una Ley Marco de Consulta que permita un diálogo abierto y una normativa base, sobre la cual los directos afectados y el Ejecutivo debatan los pros y contras de cualquier proyecto que se realice en los territorios indígenas, para evitar nuevos tropiezos”.
Añadió que con la futura norma buscan establecer los criterios básicos para institucionalizar (reconocer la existencia legal) todos los procesos de consulta que se lleven adelante, esto como parte de los mecanismos de “democracia intercultural”.
Según Mendoza, la norma tiene como su base legal las determinaciones de la Constitución Política del Estado, el Convenio 169 de la OIT, la declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos Indígenas y los instrumentos internacionales sobre la materia.
PUNTOS A DEFINIR. El legislador señaló que a través de la norma se llegará a definir la finalidad de la consulta (qué se busca), el objeto y los sujetos de la consulta para llevar adelante intervenciones en estos territorios por parte del Gobierno, gobernaciones o Municipios.
También mencionó que el proyecto de Ley se redacta con los aportes del Pacto de Unidad (Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia, Confederación de Mujeres Campesinas Bartolina Sisa, Confederación de Indígenas de Bolivia y el Conamaq).
“Es una tarea que requiere ser trabajada con la mayor prudencia con los indígenas, para lo cual en el transcurso de los meses se realizarán las consultas a los sectores en cuestión”.
LA NORMA. El legislador oficialista indicó, “con la experiencia de la Ley 222 los legisladores del MAS determinamos que para el futuro próximo el Gobierno debe contar con una Ley Marco de Consulta que permita un diálogo abierto y una normativa base, sobre la cual los directos afectados y el Ejecutivo debatan los pros y contras de cualquier proyecto que se realice en los territorios indígenas, para evitar nuevos tropiezos”.
Añadió que con la futura norma buscan establecer los criterios básicos para institucionalizar (reconocer la existencia legal) todos los procesos de consulta que se lleven adelante, esto como parte de los mecanismos de “democracia intercultural”.
Según Mendoza, la norma tiene como su base legal las determinaciones de la Constitución Política del Estado, el Convenio 169 de la OIT, la declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos Indígenas y los instrumentos internacionales sobre la materia.
PUNTOS A DEFINIR. El legislador señaló que a través de la norma se llegará a definir la finalidad de la consulta (qué se busca), el objeto y los sujetos de la consulta para llevar adelante intervenciones en estos territorios por parte del Gobierno, gobernaciones o Municipios.
También mencionó que el proyecto de Ley se redacta con los aportes del Pacto de Unidad (Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia, Confederación de Mujeres Campesinas Bartolina Sisa, Confederación de Indígenas de Bolivia y el Conamaq).
“Es una tarea que requiere ser trabajada con la mayor prudencia con los indígenas, para lo cual en el transcurso de los meses se realizarán las consultas a los sectores en cuestión”.
69 comunidades serán consultadas en el TIPNIS, hasta el 7 de noviembre bajo la Ley 222 de Consulta Previa.
“Ya presentamos un proyecto de Ley Marco de Consulta”, dijo el Coordinador de Fortalecimiento Político de la Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas (CAOI), Rafael Quispe.
El dirigente señaló que, “el 27 de julio de 2011 el Consejo Nacional de Ayllus y Marcas del Qullasuyu (Conamaq) entregó a la Asamblea Legislativa, la propuesta de Ley Marco de consulta con la cual pretendemos que se respeten los derechos indígenas”.
El Pacto de Unidad trabaja -desde el 12 de febrero- en la redacción de su propuesta con los sectores afines al MAS en la Vicepresidencia; la presentación será en octubre de este año.
El dirigente señaló que, “el 27 de julio de 2011 el Consejo Nacional de Ayllus y Marcas del Qullasuyu (Conamaq) entregó a la Asamblea Legislativa, la propuesta de Ley Marco de consulta con la cual pretendemos que se respeten los derechos indígenas”.
El Pacto de Unidad trabaja -desde el 12 de febrero- en la redacción de su propuesta con los sectores afines al MAS en la Vicepresidencia; la presentación será en octubre de este año.
Leyes que defienden los derechos indígenas
CPE
Art. 30. Los pueblos indígenas tiene derecho a la libre determinación y territorialidad.
CONVENIO DE LA OIT
Art. 4. Se debe adoptar medidas especiales para proteger a las personas, la cultura y el medioambiente.DECLARACIÓN DE LA ONU
Art. 3. Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación.
Art. 30. Los pueblos indígenas tiene derecho a la libre determinación y territorialidad.
CONVENIO DE LA OIT
Art. 4. Se debe adoptar medidas especiales para proteger a las personas, la cultura y el medioambiente.DECLARACIÓN DE LA ONU
Art. 3. Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación.
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