PAGINA SIETE: El borrador del proyecto de nueva Ley Minera crea la Autoridad Administrativa Jurisdiccional Minera, que se encargará de administrar en el futuro los contratos de uso y aprovechamiento minero.
Además tendrá la facultad de anular, resolver y en última instancia vigilar el cumplimiento de toda la ley minera.
“Se crea la Autoridad como entidad autárquica bajo tuición del Ministerio de Minería, patrimonio propio, autonomía administrativa, técnica y económica y control de la industria en el territorio del Estado”, dispone el artículo 31 del borrador de la futura norma.
Dentro de sus atribuciones, establecidas en el artículo 32, señala que la Autoridad tendrá competencias de adecuación, registros, contratos administrativos mineros, autorizaciones, licencias, consulta previa, resolución de contratos, renuncias, nulidades y expropiaciones.
Desde 2008, la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) es la encargada de administrar las reservas fiscales y otorgar áreas para la explotación minera que solicitan las cooperativas y las empresas.
Con la nueva norma, la estatal pasará a ser un operador minero más. Además, según el artículo 38, la estatal sólo tendrá competencias sobre las empresas descentralizadas.
Además tendrá la facultad de anular, resolver y en última instancia vigilar el cumplimiento de toda la ley minera.
“Se crea la Autoridad como entidad autárquica bajo tuición del Ministerio de Minería, patrimonio propio, autonomía administrativa, técnica y económica y control de la industria en el territorio del Estado”, dispone el artículo 31 del borrador de la futura norma.
Dentro de sus atribuciones, establecidas en el artículo 32, señala que la Autoridad tendrá competencias de adecuación, registros, contratos administrativos mineros, autorizaciones, licencias, consulta previa, resolución de contratos, renuncias, nulidades y expropiaciones.
Desde 2008, la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) es la encargada de administrar las reservas fiscales y otorgar áreas para la explotación minera que solicitan las cooperativas y las empresas.
Con la nueva norma, la estatal pasará a ser un operador minero más. Además, según el artículo 38, la estatal sólo tendrá competencias sobre las empresas descentralizadas.
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