PÁGINA SIETE: La Cámara de Diputados aprobó ayer en sesión plenaria el proyecto de Ley de Naciones o Pueblos Indígena Originario en Situación de Alta Vulnerabilidad, para que el Estado proteja a este sector social proclive a desaparición y aspectos de su vigencia como sector social.
El diputado oficialista y proyectista de la norma Saúl Garabito explicó que ese proyecto de ley fue trabajado desde marzo pasado a raíz de la marcha que realizó la nación Uru desde Oruro en demanda de que se les ayude para que no se pierdan como nación originaria.
"Ésta es una ley que no sólo es para los urus, sino para todos los pueblos que están en peligro de extinción y en ello se coordinó con el Ministerio de Justicia, despacho de Estado que desde el 2010 ya trabajó sobre el tema”
El diputado oficialista y proyectista de la norma Saúl Garabito explicó que ese proyecto de ley fue trabajado desde marzo pasado a raíz de la marcha que realizó la nación Uru desde Oruro en demanda de que se les ayude para que no se pierdan como nación originaria.
"Ésta es una ley que no sólo es para los urus, sino para todos los pueblos que están en peligro de extinción y en ello se coordinó con el Ministerio de Justicia, despacho de Estado que desde el 2010 ya trabajó sobre el tema”
, declaró.
Añadió que la Constitución Política del Estado en su artículo 30 sobre los derechos de los pueblos indígenas manda a que el Estado proteja a los indígenas del territorio nacional de aquellos atentados a indígenas, como los atropellos de los que son objeto de parte inclusive de madereros que atentan contra el modo de vida de los indígenas.
Garabito agregó que las bases fundamentales de este proyecto de ley son la elaboración de políticas de protección en los ámbitos de territorio, salud y ambiental, para luego entrar a planes de prevención.
El legislador indicó que la norma reglamenta la creación de la Dirección Nacional de los Pueblos y Naciones Indígenas, que regulará su actividad y los protegerá para que a través de sistemas de monitoreo se cataloguen a los pueblos indígenas y sus actividades como medida preventiva y proteccionista.
Añadió que la Constitución Política del Estado en su artículo 30 sobre los derechos de los pueblos indígenas manda a que el Estado proteja a los indígenas del territorio nacional de aquellos atentados a indígenas, como los atropellos de los que son objeto de parte inclusive de madereros que atentan contra el modo de vida de los indígenas.
Garabito agregó que las bases fundamentales de este proyecto de ley son la elaboración de políticas de protección en los ámbitos de territorio, salud y ambiental, para luego entrar a planes de prevención.
El legislador indicó que la norma reglamenta la creación de la Dirección Nacional de los Pueblos y Naciones Indígenas, que regulará su actividad y los protegerá para que a través de sistemas de monitoreo se cataloguen a los pueblos indígenas y sus actividades como medida preventiva y proteccionista.
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