Jiliri Mallku del CONAMAQ Félix Becerra y Presidente de la CIDOB Adolfo Chávez |
“POR LA DEFENSA DE LA VIDA Y DIGNIDAD, LOS
TERRITORIOS INDÍGENAS, LOS RECURSOS NATURALES, LA BIODIVERSIDAD, EL
MEDIO AMBIENTE, LAS ÁREAS PROTEGIDAS, EL CUMPLIMIENTO
DE LA C.P.E. Y RESPETO DE LA DEMOCRACIA”
ACLARAMOS AL PUEBLO BOLIVIANO QUE NO ESTAMOS
EN CONTRA DE
LA INTERCONEXIÓN CAMINERA ENTRE
BENI Y COCHABAMBA, DANDO
CUMPLIMIENTO A LA LEY Nº 180, PARA QUE
NINGUNA CARRETERA
ATRAVIESE POR EL
TIPNIS
1. Territorio Indígena
y
Parque Nacional Isiboro
Sécure –
TIPNIS y Territorio Indígena Multiétnico – TIM I
Cumplimiento y vigencia plena de la Ley Nº 180 (de
Protección al TIPNIS).
Modificación inmediata de su Reglamento (según acta de 4 de noviembre de
2011).
Retiro de
todos
los
asentamientos
y
ocupaciones
ilegales
y
las
plantaciones
ilegales de coca en el TIPNIS.
Abrogación
de
la Ley Nº 222 (de Consulta al TIPNIS).
Retiro inmediato y no
ingreso de
barcos militares
de la Armada
Boliviana,
así como de
militares y funcionarios encargados de ejecutar la consulta en el TIPNIS.
Aplicación y cumplimiento de las normas y regulaciones sobre Áreas Protegidas, así como del
Convenio de Coadministración entre el TIPNIS y el gobierno.
Exigimos que el
proceso
administrativo para la construcción del
tramo III,
que
atraviesa el Territorio Indígena Multiétnico TIM – I, de la carretera Villa Tunari-San
Ignacio de Moxos
vuelva a fojas cero.
2. Parque Nacional y Área Natural de Manejo Integrado Aguarague
Cumplimiento de los compromisos asumidos por el gobierno de fecha 21 a 23 de
mayo de 2010 y 22 de octubre de 2011, con relación
al Parque Nacional y Área
Natural de Manejo Integrado
Aguarague;
así como
los
avances y acuerdos
suscritos en octubre de 2011 entre el gobierno y la APG.
Pausa por la Madre Tierra (suspensión de las actividades hidrocarburíferas
solo
en
el Parque Nacional y Área Natural de Manejo Integrado
Aguarague, mientras
no se traten y/o
remedien los pasivos
ambientales,
así como se
cumplan los
derechos y el
consentimiento libre, previo e informado de la nación guaraní).
Inmediata aprobación del Decreto Supremo para la transferencia del 0,5% para el
financiamiento del monitoreo socioambiental en todos los territorios de las naciones
y pueblos indígenas
originarios.
Discusión sobre la política hidrocarburífera y energética
con
participación y coordinación de
las naciones
y
pueblos indígenas originarios,
y
de los distintos
sectores sociales.
3. Reconocimiento de los pueblos y naciones indígenas originarias
Reconocimiento concreto e individualizado
de las
naciones y pueblos
indígenas originarios preexistentes y declaratoria de éstos como sujetos de derechos, según lo establecido en
la
CPE
y
las
leyes vigentes, en el marco del Estado Plurinacional.
Garantizar la
representación directa de las
naciones y
pueblos indígenas
originarios en todos
los
niveles
de gobierno
(Nacional, Departamental, y Municipal), así como también en los demás órgan os del Estado.
4. Tierra Territorio
y Madre Tierra
Titulación inmediata de
todos los procesos de
saneamiento
de TCO´s
en actual trámite
a
favor
de naciones, pueblos
y
comunidades indígenas
originarias, y garantizar
los recursos suficientes
a cargo del TGN para
la
ejecución.
Ampliación,
a
través
de ley,
del plazo para la culminación
del saneamiento
de TCO’s a favor de las naciones y pueblos indígenas originarios.
Garantías para la continuidad de la verificación en el cumplimiento de la Función Económica Social a la mediana propiedad y de empresa, en el marco de la CPE y la Ley Nº 1715, con su modificación con la Ley Nº 3545, y su reglamento.
Ejecución de un plan de reversión y expropiación de propiedades medianas y de empresas conforme a ley.
Garantía
en la dotación comunitaria
de tierras
por compensación y dotación
ordinaria a favor de
las naciones
y
pueblos indígenas originarios,
otorgándoles prioridad a éstas, según las preferencias de ley.
Garantía
para la no
ejecución
de auditorias,
como de
otros procedimientos
similares, que pongan
en riesgo
la
condición de
indivisibles, imprescriptibles, inalienables, inembargables e irreversibles de las TCO’s, tituladas
y en proceso de
titulación, y para que no se cuestionen y/o desconozcan los títulos ejecutoriales de las mismas, según el Art. 294 de la CPE y las actas suscritas en el 2011 producto
de
la VIII Marcha.
Garantía para la no aplicación de la política de asentamiento humanos en TCO’s y desalojo de
todas
las ocupaciones
ilegales
en los territorios
y
comunidades
indígenas originarias, titulados o
en proceso, a través de las instancias
competentes.
Desistimiento de la demanda de nulidad iniciada por el Municipio de Cotagaita en
contra de la TCO
Jatun Ayllu Thulla, Nación Chichas,
por ser
una medida
de carácter político.
Construcción e implementación concertada de un modelo de desarrollo
comunitario de
acuerdo a la visión
y
la
libre
determinación de
las
naciones y pueblos indígenas originarios, con gestión pública indígena y para el Vivir Bien del
país.
Invertir las reservas internacionales netas para el financiamiento prioritario de los
emprendimientos productivos de las naciones y pueblos indígenas originarios, así como de otras organizaciones comunitarias del ámbito rural y urbano, en el marco
del desarrollo de la economía comunitaria.
Reconocimiento y fomento de
organizaciones
y
empresas
comunitarias
como actores productivos en el sector
minero-metalúrgico e hidrocarburífero.
Anulación del contrato
minero de
exploración,
así como de
la
explotación, del Cerro Mallku Quta de la Nación Charkas, y del proyecto hidrometalúrgico de Coro Coro, Nación Jach’a Suyu Pakajaqi, así como la paralización de
toda actividad extractivista
en los
territorios indígenas originarios donde existan conflictos
socioambientales.
Participación
directa
de las naciones
y
pueblos
indígenas
originarios en
los
beneficios y ganancias que reportan
las
actividades y proyectos
extractivos:
minería e
hidrocarburos.
Prohibición y garantías expresas para que el Estado no disponga ilegalmente de tierras a
favor de empresas que realizan actividades, obras y/o proyectos
hidrocarburíferos y mineros, sean éstas de carácter estratégica u operadoras, en territorios de las naciones y pueblos indígenas originarios consolidados
jurídicamente o
en
proceso, de acuerdo al Art. 294 de la CPE.
5. Medio Ambiente
Cumplimiento
de los
derechos al medio ambiente,
a
la
biodiversidad
y
a
los
ecosistemas, en el
marco del respeto y la defensa de la Madre Tierra, para vivir en un medio ambiente sano y saludable.
Administración
y manejo
directo
de las Áreas Protegidas por parte
de las organizaciones de las naciones y pueblos indígenas originarios, de acuerdo a la CPE, su objeto de creación y finalidades, a través de sus estructuras organizativas y ejercicio de normas y procedimientos propios.
Aplicación de normas y regulaciones técnicas vigentes para la implementación de
proyectos extractivos y desarrollo sostenible, susceptibles de afectar a territorios y comunidades indígenas originarios.
Remediación,
restauración y resarcimiento social,
cultural
y
ambiental
en los territorios
indígenas
originarios donde
operan
los proyectos mineros de
las
empresas Inti Raymi, La Joya y Chuquimia, Suyu Sura, que afectan la cuenca del río Desaguadero, la explotación aurífera
aluvional en
el río
Madre de
Dios
que afecta
comunidades del
TIM II,
la
explotación del
proyecto del Mutún
en la Provincia Germán Busch que afecta comunidades del pueblo chiquitano, así como otras operaciones extractivas, hidrocarburíferas y mineras,
que
impactan negativamente los ecosistemas y biodiversidad de éstas.
6. Desarrollo
y ajuste normativo
Aprobación
de
la Propuesta de Ley de la Madre Tierra (consensuada el 2010).
Aprobación de una norma a favor de las naciones y pueblos indígenas originarios,
que defina precios justos
de
los productos orgánicos.
Modificación de la Ley del Régimen Electoral e incorporación de un representante por cada nación
y
pueblo indígena originario en la Asamblea Legislativa
Plurinacional y en
las
Asambleas
Legislativas
Departamentales, por
normas y procedimientos
propios.
Modificación de
la
Ley
del Tribunal
Constitucional
y
de la Ley
del Tribunal
Agroambiental
e
incorporación de
representantes
de las naciones y pueblos indígenas originarios
elegidos de
forma
directa y por
normas
y
procedimientos propios.
Modificación de la Ley de Deslinde Jurisdiccional.
Modificación de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.
Modificación de la Ley de la Revolución Productiva Comunitaria.
Tratamiento de la Propuesta de Ley de Áreas Protegidas.
Tratamiento
de la
Propuesta
de Ley
de Desarrollo
Integral
de la
Amazonia
de CIRABO y CIPOAP.
Tratamiento de la Propuesta de Ley de Pesca.
Tratamiento
de la Propuesta de
Ley de
Unidades Territoriales de
la
CIDOB
y
CONAMAQ.
Tratamiento de la Propuesta de Ley de Hidrocarburos de la APG y CIDOB.
Tratamiento de la Propuesta de Ley de Minería del CONAMAQ.
7. Cumplimiento
de los acuerdos de la VIII Marcha Indígena Originaria
Cumplimiento de los acuerdos firmados entre el gobierno y los representantes de la VIII
Gran
Marcha Indígena el
año
2011, que constan
en 14
actas
y
acta complementaria, así como los acuerdos programáticos suscritos el presente año con las regionales de la CIDOB.
8. Respeto a la libre determinación y al autogobierno de las naciones y pueblos
indígenas originarios, y sanción
a los atentados contra ella
Encarcelamiento y prisión
en Chonchocoro a
los
responsables y autores
materiales e intelectuales del atropello y la represión
brutal del 25 de septiembre
de 2011 en Limoncito, Chaparina y San
Lorenzo (Yucumo),
y
durante
las movilizaciones en defensa de los derechos de las naciones y pueblos indígenas
originarios.
Resarcimiento y satisfacción pública
por parte
del gobierno
a
las
hombres, mujeres, niños y adultos mayores indígenas y urbanos, reprimidos, vejados y que sufrieron la vulneración
de sus
derechos en
todas
las
movilizaciones
por la
defensa del TIPNIS y
los
derechos de las naciones y pueblos indígenas originarias.
Exigimos al Canciller David Cahoquehuanca esclarezca ante el Ministerio Público, ante
las
instancias
competentes del Estado y a la opinión pública
por su falso secuestro, lesiones y tentativa de homicidio.
Exigimos la descriminalización de la protesta pública que está garantizada en la
CPE,
así como el cese a la persecución política y policial a los dirigentes de las estructuras de las organizaciones indígenas originarias, así como a todo luchador
social de cualquier sector
de la sociedad civil.
Cese a las arbitrarias
intervenciones
e
intromisiones en
las
estructuras
de las
organizaciones de las naciones y pueblos indígenas originarios, que afectan a sus
instancias de toma de decisiones, a
su representación, al ejercicio de la
democracia comunitaria y a su propia institucionalidad, en
el marco de
su
libre
determinación, de acuerdo con los Arts.
2,
30 y 289 de la CPE.
Respeto a la identidad
originaria
y
las
estructuras
orgánicas de
las
naciones y pueblos indígenas originarios, según su reconstitución territorial y la restitución de
sus autoridades originarias
preexistentes.
Desburocratización y desconcentración en la atención del SEGIP a las naciones y
pueblos indígenas originarios.
9. Respeto a la participación y control social en el diseño, construcción, ejecución y seguimiento de las normas y políticas públicas del Estado
Plurinacional
Exigimos el compromiso del gobierno
nacional de construir las normas legales y las políticas
públicas con
participación
plena y efectiva, con
coordinación y concertación con las naciones y pueblos indígenas originarios, y respetando sus estructuras orgánicas, así como con los sectores sociales del
pueblo boliviano.
Concertar con las organizaciones de las naciones y pueblos indígenas originarios, con representatividad nacional, y con los sectores sociales del país, una Agenda Nacional de
reconducción
del
proceso de
construcción e implementación
del
Estado Plurinacional
Comunitario.
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