El reglamento de este proceso establece que los resultados del proceso serán vinculantes para todas las comunidades. Critican la “manipulación” del Ejecutivo.
Pagina Siete.- La Ley 222 sobre la consulta en el TIPNIS será aplicada desde el 29 de julio
sólo a las comunidades que estén interesadas en ese proceso. Las que se inhiban
de participar, sin embargo, están conminadas a respetar las decisiones de los
que participen en el proceso.
Así lo establece el protocolo (reglamento) de la consulta que fue diseñada por el Ministerio de Obras Públicas y de Medio Ambiente, lo que para la dirigencia indígena es una “mala interpretación” de las normas que protegen a los pueblos originarios y una “manipulación” del proceso.
Según la Metodología de la Consulta del Protocolo que se efectuará en el TIPNIS, el Estado tiene la obligación de promover la participación de las comunidades indígenas interesadas, a través de instancias de información y notificación previstas en el reglamento.
Así lo establece el protocolo (reglamento) de la consulta que fue diseñada por el Ministerio de Obras Públicas y de Medio Ambiente, lo que para la dirigencia indígena es una “mala interpretación” de las normas que protegen a los pueblos originarios y una “manipulación” del proceso.
Según la Metodología de la Consulta del Protocolo que se efectuará en el TIPNIS, el Estado tiene la obligación de promover la participación de las comunidades indígenas interesadas, a través de instancias de información y notificación previstas en el reglamento.