PÁGINA SIETE: Los operadores mineros deberán pedir permiso al Ministerio de Agua para el uso y aprovechamiento de los recursos hídricos que fluyen en el área minera y las aguas alumbradas de interior mina o en superficie, dispone el proyecto de Ley de Minería y Metalurgia.
La norma fue modificada la pasada semana en la Cámara de Senadores y anoche fue sancionada por la Cámara de Diputados.
"Los titulares de derechos mineros tendrán el derecho de aprovechamiento de aguas naturales que discurren en el área minera y aguas alumbradas de interior mina o en superficie,
La norma fue modificada la pasada semana en la Cámara de Senadores y anoche fue sancionada por la Cámara de Diputados.
"Los titulares de derechos mineros tendrán el derecho de aprovechamiento de aguas naturales que discurren en el área minera y aguas alumbradas de interior mina o en superficie,
previa autorización de la autoridad competente de agua”, establece el artículo 111 de Derecho de Aprovechamiento de Aguas.
El parágrafo II del mismo artículo precisa que el Ministerio de Agua se hará cargo hasta que se apruebe el nuevo régimen legal de agua relativo al régimen de licencias, registros y autorizaciones.
Además, toda actividad minera integrada o aislada deberá ejecutar en sus trabajos la correcta gestión o manejo de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, cumpliendo con las normas ambientales y sectoriales vigentes, agrega el parágrafo IV de la norma minera.
En el caso de que un operador minero no cuente con recursos hídricos en el área de derecho minero o éstos sean insuficientes, también deberá presentar una solicitud de aprovechamiento de agua al Ministerio competente, especifica el artículo 112 del proyecto minero.
Además, anticipa que la solicitud y la autorización no deberán perjudicar los derechos de uso de terceros y de los sistemas de vida de la Madre Tierra.
El experto Marco Gandarillas, del Centro de Documentación e Información Bolivia (CEDIB), afirmó que los operadores mineros hacen un uso "abusivo” del agua sin pedir autorización a nadie.
Por ejemplo, el volumen diario de agua que usa la empresa minera San Cristóbal puede cubrir la demanda de la ciudad de El Alto, que tiene más de un millón de habitantes, aseguró.
Los representantes del Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq), Hilarión Mamani, y de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), Rodolfo Machaca, exigieron ayer la modificación de cinco artículos del proyecto, referentes a la consulta previa y al uso de los suelos.
"Nosotros queremos que incluyan las observaciones que tenemos de los pueblos indígenas originarios campesinos”, señaló Mamani, según explicó en una entrevista con la red ERBOL.
Machaca afirmó que las observaciones que realizaron están enmarcadas en la Constitución Política del Estado y las leyes, por lo que se trata sólo de modificaciones de forma.
"Los artículos que hemos observado son del 107 al 112 sobre uso de suelos y el tema de la consulta (…)”, apuntó el dirigente originario.
El parágrafo II del mismo artículo precisa que el Ministerio de Agua se hará cargo hasta que se apruebe el nuevo régimen legal de agua relativo al régimen de licencias, registros y autorizaciones.
Además, toda actividad minera integrada o aislada deberá ejecutar en sus trabajos la correcta gestión o manejo de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, cumpliendo con las normas ambientales y sectoriales vigentes, agrega el parágrafo IV de la norma minera.
En el caso de que un operador minero no cuente con recursos hídricos en el área de derecho minero o éstos sean insuficientes, también deberá presentar una solicitud de aprovechamiento de agua al Ministerio competente, especifica el artículo 112 del proyecto minero.
Además, anticipa que la solicitud y la autorización no deberán perjudicar los derechos de uso de terceros y de los sistemas de vida de la Madre Tierra.
El experto Marco Gandarillas, del Centro de Documentación e Información Bolivia (CEDIB), afirmó que los operadores mineros hacen un uso "abusivo” del agua sin pedir autorización a nadie.
Por ejemplo, el volumen diario de agua que usa la empresa minera San Cristóbal puede cubrir la demanda de la ciudad de El Alto, que tiene más de un millón de habitantes, aseguró.
Los representantes del Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq), Hilarión Mamani, y de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), Rodolfo Machaca, exigieron ayer la modificación de cinco artículos del proyecto, referentes a la consulta previa y al uso de los suelos.
"Nosotros queremos que incluyan las observaciones que tenemos de los pueblos indígenas originarios campesinos”, señaló Mamani, según explicó en una entrevista con la red ERBOL.
Machaca afirmó que las observaciones que realizaron están enmarcadas en la Constitución Política del Estado y las leyes, por lo que se trata sólo de modificaciones de forma.
"Los artículos que hemos observado son del 107 al 112 sobre uso de suelos y el tema de la consulta (…)”, apuntó el dirigente originario.
No hay comentarios:
Publicar un comentario