lunes, 9 de julio de 2012

RAZONES PARA AFIRMAR QUE LA LEY 222 NO ES DE CONSULTA PREVIA


JEA.- Luego de un amplio análisis y viendo todos los antecedentes podemos afirmar que la ley 222 que intenta ser impuesta por el gobierno de turno, es una ley que obliga a los pueblos indígenas a someterse a una post consulta, que no respeta a las instituciones de los pueblos indígenas, no respeta sus normas y procedimientos  mas por el contrario viola sus derechos y pone en riesgo su futuro y su desaparición como pueblo indígena originario, una Ley y Consulta con tiempo límite, sin suficiente información y no precisamente de buena fe.
La Ley 222 de consulta tiene como finalidad: “definir si el territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure – TIPNIS debe ser intangible o no, para viabilizar el desarrollo de las actividades de los pueblos indígenas Mojeño-Trinitario, Chimane y Yuracaré, así como la construcción de la Carretera Villa Tunari - San Ignacio de Moxos”. A nuestro entender lo que se está preguntando en términos más sencillos es: ¿Quieren vivir en el TIPNIS con carretera o No quieren vivir en el TIPNIS?
, una pregunta bien dirigida a lo que busca el gobierno, no olvidemos también que el año pasado los hermanos indígenas se quedaron varios días en la ciudad de La Paz trabajando de forma conjunta al gobierno la reglamentación de la ley 180 aclarando sobre la intangibilidad. Y ahora nuevamente quiere preguntarles ¿Quiere Carretera o No quiere carretera?
 Esta pregunta es incluso peor por dos razones, primero que los marchistas y el pueblo Boliviano ya expresaron que no están en contra de una carretera sino por donde se la quiere hacer, y en segundo lugar se estaría obviando información de lo que realmente significa la carretera Villa Tunari San Ignacio de Moxos para las personas que viven en esta área protegida, a groso modo primero podemos decir que la carretera pasara por el medio del TIPNIS y no llegara a mayoría de las comunidades que se encuentran alrededor de esta región, es decir no les llegara el “desarrollo” comprendido en educación, salud y otros que apuntan las propagandas del gobierno respecto a las necesidades de los pueblos indígenas, otro tema que no se informa es el impacto social y ambiental que implicara la construcción de dicha carretera, traducido en cambio en la forma de vida de los pueblos indígenas, sus costumbres y su cultura, es decir pérdida de identidad cultural que va en contra de la constitución política del estado, peor aún viviendo en un Estado Plurinacional que se supone debe respetar y salvaguardar la diversidad cultural.
Desde el grupo Juventud Ecologista en Acción- JEA pedimos al Presidente la abrogación de la ley  222 por que no tiene nada que ver con el Derecho a la consulta previa, libre e informada que está en la Constitución Política del estado, en el convenio 169 de la OIT y en los derechos de los pueblos indígenas.

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