jueves, 16 de agosto de 2012

TCP ACEPTA MEMORIAL QUE PIDE CUMPLIMIENTO DEL FALLO SOBRE LA CONSULTA EN EL TIPNIS

ERBOL : El presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Ruddy Flores, informó este martes que ese organismo del Estado aceptó un memorial que exige el cumplimiento del fallo constitucional sobre la consulta en el Tipnis, presentado por el representante de la CAOI (Cordinadora Andina de Organizaciones Indígenas), Rafael Quispe.
“Han recibido en el Tribunal Constitucional un memorial del señor Rafael Quispe, el mismo que solicitaba el cumplimiento de la sentencia 0300/2012, ese memorial ha sido proveído por la Comisión de Admisión y se ha solicitado al órgano Ejecutivo se informe sobre los extremos señalados en el memorial”, señaló Flores en contacto telefónico con Erbol.
La sentencia 0300/2012 de TCP determina la constitucionalidad condicionada de la ley de consulta 222 y pide al gobierno concertar los contenidos y procedimientos, antes de llevar la consulta, con los pueblos indígenas afectados.
Flores destacó que el organismo constitucional actúa de acuerdo a la norma, por lo que “la Comisión de Admisión está emitiendo los proveídos correspondientes” a las partes involucradas en el fallo.
Como parte de este proceso, agregó, el gobierno tiene un plazo de cinco días para remitir la información requerida al TCP. “Cumplido el plazo se verificará con la respuesta o no, las acciones que jurídica y legalmente corresponden (…) el plazo está corriendo esta semana”, apuntó.

Verificar el cumplimiento
El magistrado Flores remarcó que el objetivo de esa instancia jurídica es “verificar” el cumplimiento de la sentencia 0300/2012. “La sentencia tiene muchos elementos que desarrollan cómo se debe llevar adelante el proceso de concertación de contenidos y procedimientos, y esos elementos son lo que van a legalmente verificarse si se han cumplido o no se han cumplido”, dijo.

Concertación previa
Flores reiteró que la sentencia del Tribunal Constitucional 0300/2012 establece que “la concertación sobre los contenidos y procedimientos para llevar adelante la consulta, es un elemento importante y previo para el desarrollo de la misma”; en esos términos, subrayó, “corresponde al Estado haber generado las condiciones para tener una situación de concertación y con la misma llevar adelante los procesos de consulta”.
La Paz, 14 agosto 2012 – L.F.C./

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