ERBOL: El Órgano Ejecutivo entregó la víspera una propuesta de Ley de Protección del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) que plantea cuatro planes para el desarrollo y protección del parque natural, y la abrogación de la Ley 180 que instaura su intangibilidad.
El anteproyecto de ley en su Artículo I señala que la norma tiene por objeto “garantizar y fortalecer los mecanismos de protección y la gestión integral del TIPNIS, en estricto cumplimiento a la Constitución Política del Estado, las leyes en vigencia y los acuerdos logrados en el proceso de consulta…”
En el Artículo 5 sobre las prohibiciones, señala que se establece prohibición expresa de “Nuevos asentamientos humanos externos u ocupación ilegal de tierras al interior del TIPNIS” y de “Autorizar a actores externos del TIPNIS, el aprovechamiento directo de los recursos naturales renovables con fines comerciales y/o mercantiles”.
La propuesta establece cuatro planes para la planificación, gestión de protección y financiamiento del TIPNIS: Plan de protección de acción inmediata del TIPNIS, Plan de protección del TIPNIS, Plan de manejo actualizado, y la Estrategia concurrente de desarrollo integral del TIPNIS.
El Artículo 17, referente al financiamiento para la protección y la estrategia concurrente de desarrollo integral de la reserva natural, dice que el Ministerio de Planificación del Desarrollo “deberá garantizar la gestión de recursos financieros, tanto públicos como privados, nacionales e internacionales (…) de conformidad a la normativa vigente”.
El financiamiento para el sistema de protección del TIPNIS estará programado y garantizado por el Ministerio de Economía a través del Tesoro General del Estado, recursos que irán a fortalecer al SERNAP (Servicio Nacional de Áreas Protegidas).
En cuanto a la integración y articulación de las comunidades, el documento indica que el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda deberá elaborar e implementar el Plan Vial, Fluvial y Aeronáutico del TIPNIS, priorizando la conservación de la diversidad biológica y cultural del área protegida, en el marco de los resultados de la Consulta.
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