OPINIÓN: El ministro de Gobierno, Carlos Romero, afirmó ayer que
remitir el proyecto de ley minera al Tribunal Constitucional es "perder
el tiempo”, dado que ese procedimiento se efectúa cuando la norma es
ambigua, algo que, dijo, no sucede en este caso.
"Normalmente una interpretación del Tribunal Constitucional, o del ente auténtico que es el que tiene la potestad para interpretar las leyes, se hace cuando la ley es oscura, cuando la ley es ambigua. Pero en este caso la ley no es ambigua, y desde mi punto de vista, por lo menos personal, mandar esto al Tribunal Constitucional sería como que perder el tiempo”, sostuvo Romero en conferencia de prensa. El ministro de Gobierno se refirió al artículo 351 de la Carta Magna, en el que -sostuvo- los mineros cooperativistas
"se han estado agarrando mucho” con el fin de
justificar su posición con respecto al rechazo a las modificaciones que
se hicieron en el Legislativo en la Ley de Minería.
El texto del
artículo referido establece que el Estado asume el control y dirección
sobre toda la cadena productiva de recursos estratégicos, a través de
entidades públicas, cooperativas o comunitarias, las cuales podrán a su
vez contratar a empresas privadas y constituir empresas mixtas"Normalmente una interpretación del Tribunal Constitucional, o del ente auténtico que es el que tiene la potestad para interpretar las leyes, se hace cuando la ley es oscura, cuando la ley es ambigua. Pero en este caso la ley no es ambigua, y desde mi punto de vista, por lo menos personal, mandar esto al Tribunal Constitucional sería como que perder el tiempo”, sostuvo Romero en conferencia de prensa. El ministro de Gobierno se refirió al artículo 351 de la Carta Magna, en el que -sostuvo- los mineros cooperativistas
Sobre la base de ese articulado, Romero explicó que las cooperativas pueden contratar empresas privadas para constituir una empresa mixta, lo cual no significa que se permita a esas entidades asociativas pactar con una firma privada manteniendo el estatus jurídico de cooperativa. Romero explicó que ese artículo concuerda con el 306 del texto constitucional, donde se establece que las formas organizativas de la economía plural (el estatal, privado, social cooperativo y comunitario) pueden suscribir contratos entre ellas; pero que cuando sucede aquello, se convierten en "empresa mixta” y deben someterse a "las reglas de juego de una empresa”.
El sábado, el presidente de la Federación Nacional de Cooperativas Mineras, Alejandro Sántos, expresó que están dispuestos a que el proyecto de ley minera sea presentado ante el TCP para un control de constitucionalidad, como un último recurso si es que no se repone la redacción original del artículo 151. La versión reconocida por los cooperativistas, les permitía suscribir contratos con empresas privadas para la exploración y prospección minera. Sin embargo, el 29 de marzo, Diputados aprobó el proyecto con la modificación de 25 artículos, y una de ellas fue al 151. Ese cambio detonó el conflicto. Tras los bloqueos y los fallecidos, el 1 de abril, el Gobierno decidió suspender el tratamiento del proyecto, y se abrió un acercamiento con los cooperativistas. Sin embargo, debido a no encontrar coincidencia sobre el artículo 151, se quedó que habría un encuentro con el presidente Evo Morales. Esa reunión aún no tiene fecha fijada.
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