miércoles, 17 de julio de 2013

A FALTA DE PACTO, MINERÍA DIRIMIRÁ EN CONTROVERSIA MEDIOAMBIENTAL

LA RAZON: El proyecto de Ley Minera establece que si en la consulta previa con las comunidades indígenas afectadas por un proyecto minero no se logra un acuerdo, será el Ministerio de Minería y Metalurgia el que tomará la última decisión al respecto.
“De no producirse un acuerdo final, la última instancia de decisión es el Ministerio de Minería y Metalurgia en representación del Estado”, establece el artículo 185 del proyecto de Ley Minera.
También determina que “en ningún caso se efectuarán pagos en dinero” a los sujetos de la consulta ni a las autoridades o dirigentes. Las compensaciones e indemnizaciones por impactos negativos de la actividad minera “deberán destinarse al desarrollo productivo y social de las comunidades o poblaciones afectadas”.  plazo. El Capítulo VIII del documento establece que la
Dirección Regional de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) estará a cargo de las audiencias públicas. Antes del proceso, el solicitante del área minera deberá haber presentado el Estudio de Evaluación del Impacto Ambiental a una autoridad competente del sector.
La consulta previa por la AJAM “no podrá tener una duración superior a cuatro meses. Si en esta instancia no se logra un acuerdo entre las partes, la AJAM remitirá toda la documentación al Ministerio de Minería, que mediante una dirección técnica independiente en un plazo de 60 días deberá mediar en la controversia para lograr un acuerdo.
En caso de que no se llegue a un consenso, la Dirección informará al Ministerio que será “la última instancia administrativa que, mediante resolución” dirimirá “las diferencias” y resolverá “los derechos y las obligaciones, teniendo en cuenta los de las partes y el interés del Estado, que deberán ejercer y cumplir las partes obligatoriamente”, según el parágrafo III del artículo 259.
El exministro de Minería Dionisio Garzón señaló que “está bien que el Ministerio (de Minería) sea el que dirima en una consulta, porque acortará los plazos para que se desarrollen los nuevos proyectos de explotación minera”. Garzón resaltó además que el proyecto evitará que algunas comunidades realicen cobros de dinero para otorgar los permisos en las consultas.  
El secretario general de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), Rodolfo Machaca, dijo que no respalda el procedimiento de la consulta previa de la futura norma minera, porque no fue elaborada en consulta con todos los sectores sociales involucrados.
Deberán ofertar al Estado
Los productores mineros y comercializadores ofrecerán obligatoriamente en venta sus minerales y concentrados, primero a las fundiciones o refinerías estatales y luego a las privadas.
Así lo señala el artículo 153 del proyecto de Ley de Minería que establece que lo previsto no se aplicará para los sectores que producen metales, si se trata  de minerales y concentrados para los cuales no existen fundiciones o refinerías en el país.  
El exministro de Minería Dionisio Garzón expresó su rechazo y señaló que la venta de los minerales en el territorio nacional “no me parece bien. Una empresa tiene que decidir a quién va a vender su producción, porque si vamos a esperar a ver si (la Empresa Metalúrgica) Vinto ya no necesita más para exportar estaño, se perderá utilidades”, afirmó ayer.
El proyecto de ley fue concertado y concluido la noche del 12 de julio por los representantes de los tres actores mineros: privado, estatal y cooperativo. El documento, posteriormente, fue entregado al ministro del área, Mario Virreira, explicaron fuentes que participaron de la redacción de este proyecto de ley que consta de 285 artículos.

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