viernes, 12 de abril de 2013

EVO PROMULGA LEY DE COOPERATIVAS Y LAS CONVOCA A SER UNA ALTERNATIVA FRENTE AL CAPITALISMO

LA RAZÓN: El presidente Evo Morales promulgó la noche de este jueves la ley General de Cooperativas, en un acto llevado adelante en la ciudad de Cochabamba, en presencia de la Confederación de Cooperativas de Bolivia (Concobol).
A tiempo de felicitar a los diferentes sectores, sobre todo mineros, que fueron parte de la redacción de esta norma, el mandatario calificó y convocó a las cooperativas a ser una alternativa frente al capitalismo, al ser un modelo que no ofrece ganancias para el sector privado, sino para la sociedad.
"Las cooperativas de Bolivia deben ser un modelo frente a otros sectore
s (…). Estoy convencido que las cooperativas es una alternativa frente al capitalismo, en el capitalismo las ganancias para sector privado, para personas individuales, mientras que el cooperativismo es para cooperarnos, de manera conjunta para todos los socios", dijo.
El mandatario anunció además que pedirá a las comisiones técnicas de su Gobierno que avancen rápidamente en la redacción de los reglamentos que requerirá esta ley para su funcionamiento, que, según Concobol, son un total de tres.
La ley tiene el objetivo de regular la constitución, organización, funcionamiento, supervisión, fiscalización, fomento y protección del sistema cooperativo en el país. Incorpora además a la Concobol como máxima instancia que aglutina a las cooperativas en el país.
Entre sus principales características, la ley identifica a las cooperativas por sectores, como ser: productivas (mineras, agropecuarias y otros), de servicios (vivienda, educación y otros) y servicios públicos (telecomunicación, electricidad, agua y otros).
Crea la Autoridad de Fiscalización y Control del Sistema Cooperativo, que tendrá el fin de regular, fiscalizar y supervisar la gestión cooperativa; fiscalizar la disolución y liquidación de las cooperativas; disponer acciones de intervención en los casos previstos por ley; otorgar la Personalidad Jurídica a las Cooperativas; imponer y ejecutar sanciones a las cooperativas de acuerdo a la presente ley y decreto supremo reglamentario y otras funciones.
Además, define la estructura de una cooperativa, que está conformada por el Comité de Vigilancia y Administración, junto a la Asamblea General y el Tribunal Disciplinario. Sobre las cooperativas de servicios públicos, la ley establece que la elección de los Consejos de Administración y Vigilancia se realizará bajo supervisión del Tribunal Supremo Electoral.

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